2 noviembre, 2026

APROBADA REFORMA A LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA MEJORAR LA FORMA EN QUE LAS AUTORIDADES PREVIENEN, ATIENDEN SANCIONAN Y ERRADICAN LA VIOLENCIA EN SU CONTRA.

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INCORPORA DE MANERA EXPRESA CONCEPTOS Y ENFOQUES QUE HOY RESULTAN INDISPENSABLES PARA ATENDER LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE FORMA INTEGRAL

El Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con el objetivo de fortalecer el marco jurídico local y mejorar la forma en que las autoridades previenen, atienden sancionan y erradican la violencia contra las mujeres en todos sus tipos y modalidades.

En los últimos años se han realizado diversos avances en el reconocimiento de los derechos de las mujeres tanto a nivel nacional como internacional lo que ha permitido construir un marco normativo más amplio y más claro; sin embargo, estos avances requieren que las leyes estatales se actualicen de manera constante para asegurar su congruencia y su correcta aplicación por parte de las instituciones encargadas de garantizar dichos derechos.

En este sentido la armonización legislativa representa una herramienta necesaria para asegurar que las disposiciones locales sean acordes con los estándares más recientes en materia de derechos humanos y para evitar vacíos o contradicciones que puedan limitar el acceso de las mujeres a la justicia y a una protección efectiva por parte del Estado.

La reforma incorpora de manera expresa conceptos y enfoques que hoy resultan indispensables para atender la violencia contra las mujeres de forma integral como lo son la perspectiva de género, la interseccionalidad, el respeto a los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la interculturalidad y el enfoque diferenciado, ya que estos elementos permiten reconocer que las mujeres viven distintas condiciones sociales económicas culturales y personales que influyen en su nivel de riesgo y en la forma en que enfrentan la violencia.

Al incluir estos enfoques dentro del texto de la ley, se busca que las autoridades no solo actúen conforme a reglas generales sino que también consideren las circunstancias particulares de cada caso para brindar una atención más adecuada, más sensible y más efectiva, que responda a las necesidades reales de las víctimas y que contribuya a reducir las desigualdades que enfrentan.

De igual forma, fortalece las medidas de protección al precisar la obligación de garantizar la separación y el alejamiento del agresor respecto de la víctima o víctimas directas e indirectas, lo que resulta fundamental para prevenir nuevas agresiones y para proteger la integridad física, emocional y psicológica de quienes se encuentran en situación de riesgo.

Este tipo de medidas no solo tienen un efecto inmediato en la protección de las víctimas, sino que también envían un mensaje claro sobre la responsabilidad del Estado de actuar con diligencia, para evitar que la violencia continúe o escale y para asegurar que las mujeres puedan ejercer sus derechos en condiciones de seguridad y libertad.

Asimismo, se precisa el alcance de la ley y refuerza su carácter integral al establecer de manera expresa que las acciones de las autoridades deben orientarse a la prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres, mediante acciones reforzadas de protección, lo que permite dar mayor claridad a las obligaciones del Estado y a la finalidad de la norma.

La inclusión del término violencias en plural, responde a la necesidad de reconocer que la violencia contra las mujeres no es un fenómeno único sino que se manifiesta de diversas formas que requieren respuestas diferenciadas por parte de las autoridades, lo que contribuye a una mejor comprensión del problema y a una intervención más adecuada.

Se busca consolidar un marco jurídico más claro, más actualizado, y más efectivo que permita a las instituciones actuar con mayor certeza, y que garantice a las mujeres el ejercicio pleno de su derecho a una vida libre de violencia en condiciones de igualdad y sin discriminación.

La armonización de la legislación estatal con el marco nacional no solo constituye una obligación jurídica, sino también un compromiso con la protección de los derechos humanos y con la construcción de una sociedad más justa en la que todas las mujeres puedan desarrollarse plenamente sin temor a la violencia.

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