SE DEBERÁ OBSERVAR QUE LA PRÓXIMA ELECCIÓN DE TITULAR DE LA RECTORÍA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, SEA UNA MUJER
El Pleno del Congreso del Estado dio cuenta del Cómputo de votos y declaratoria de aprobación por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que adiciona el párrafo segundo al artículo 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para que en procesos de elección de: titulares de rectoría; direcciones de facultades o escuelas; consejerías de: maestros, y alumnos; órgano de Gobierno; y Junta Suprema de Gobierno, de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, se deberán implementar acciones para observar el principio de paridad de género. Atendiendo además a la figura jurídica de la reelección.
Se establece en su transitorio segundo, que se deberá observar que la próxima elección de titular de la rectoría de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, sea una mujer, por lo que la convocatoria será dirigida a mujeres.
Con esta modificación, establece el principio de igualdad y no discriminación, y se busca honrar a las miles de mujeres universitarias que han luchado por la democracia y la igualdad de oportunidades para acceder a cargos de alta dirección, en sus más de 100 años de vida universitaria, y no hay mejor manera que llevar a la Constitución del Estado el derecho a la paridad de género para que, este grupo discriminado de forma sistemática, cuente con más y mejores oportunidades para aspirar y detentar los cargos de, dirección en escuelas y facultades, así como a la rectoría.
Esta reforma se encuentra fundada en los derechos humanos de todas las personas, en particular de las mujeres: a la no discriminación por género, a la igualdad de oportunidades y al reconocimiento e interpretación de los derechos humanos en juego, lo que permite una interpretación que brinde a las personas una protección más amplia específicamente de los derechos a la igualdad, equidad y no discriminación, así como la aplicación de la perspectiva de género.
Con la medida se propone remediar tal desigualdad y discriminación a nivel constitucional, reconociendo expresamente un derecho humano que ya tienen las mujeres, concretándolo por medio de reglas específicas para su ejercicio, por lo cual, ese reconocimiento normativo refuerza la idea de que tal derecho ha ido evolucionando de forma progresiva, con la tendencia de ampliarse en forma constante.