La iniciativa pretendía establecer nuevas conductas típicas equiparables al delito de usurpación de profesión, con la finalidad de sancionar penalmente a quien, con ánimo de lucro o en el marco de una actividad empresarial, diseñe, desarrolle, comercialice, ofrezca o ponga a disposición del público, sistemas automatizados, plataformas digitales o aplicaciones tecnológicas que, sin intervención directa, efectiva y plenamente identificable de profesionista legalmente autorizado, generen, elaboren o recomienden para casos concretos, dictámenes, estrategias, documentos o asesorías que constituyan actos propios de una profesión cuyo ejercicio requiera título y cédula legalmente expedidos.
Luego del análisis, se estableció que resulta totalmente improcedente debido a que se busca sancionar penalmente a los creadores, desarrolladores y comercializadores de herramientas tecnológicas, por el mal uso o el uso ilegal que en su caso le dé el usuario final de la herramienta, lo que a todas luces resulta desproporcionado e insostenible desde la perspectiva del derecho penal.
Se indica que en el Senado de la República se trabaja en diversas iniciativas que buscan regular el uso de la Inteligencia Artificial en los ámbitos público, y privado, a través de la expedición de una Ley Nacional, en donde invariablemente deberá revisarse la legislación en materia de competencia económica, de protección al consumidor, de protección de datos personales, de información pública, de protección a la propiedad industrial, de derechos de autor, entre muchas otras, para salvaguardar los derechos y libertades de las personas.