5 marzo, 2026

COMISIÓN DE NORMATIVIDAD LEGISLATIVA Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS APRUEBA MODIFICACIONES A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO.

SE ESTABLECE EL DERECHO DE LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INICIARON LA LEGISLATURA POSTULADOS POR UN PARTIDO, A SEPARARSE DEL MISMO Y FORMAR PARTE DE OTRO GRUPO PARLAMENTARIO.

Integrantes de la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias aprobaron el dictamen que reforma el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, en relación a la incorporación de las y los legisladores en los diferentes Grupos Parlamentarios, propuesta por el diputado Marco Antonio Gama.

Con esta modificación, se establece que las diputadas y los diputados que al momento de iniciar el proceso electoral correspondiente, ejercieron su derecho de asociarse a un partido o partidos políticos para ser postulados, deben tener el derecho una vez tomando protesta como Legisladores, a separarse del partido político que les postuló y formar parte de otro Grupo Parlamentario.

De esta manera, el dictamen establece que las y los diputados postulados por un Partido Político, pertenecerán al Partido Político que los postuló, formándose así los Grupos y Representaciones Parlamentarias constituidos al inicio de cada Legislatura.

Y, una vez que las y los Diputados de una Legislatura tomen protesta, podrán renunciar al Grupo o Representación Parlamentaria a la que pertenecen, y adherirse a otro Grupo o Representación Parlamentaria; o bien, ser declarados Diputadas o Diputados sin Partido.

No se establece en el mismo sentido, para quienes fueron postulados de manera independiente a un partido político, ya que en ese caso, no habría congruencia en asociarse a un Grupo Parlamentario.

El dictamen respectivo se turnará al Pleno para su votación.

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