20 marzo, 2024

PROPONEN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA FEDERAL PARA QUE CUBRAN EL SOCORRO DE LEY AL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

DESDE HACE CUATRO AÑOS NO SE RECIBE EL SOCORRO DE LEY, REPRESENTANDO UN ADEUDO MILLONARIO PARA EL SISTEMA PENITENCIARIO

A la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social, se turnó el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, hace un atento exhorto a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno de la República, para que tenga a bien ordenar las acciones necesarias para que se cubra el socorro de ley al Estado de San Luis Potosí, de conformidad con las reglas que para ese rubro existen.

Se menciona en la exposición de motivos, que el denominado “Socorro de Ley”, es la aportación que da el Gobierno Federal a las entidades federativas, para la alimentación y manutención de internos procesados y sentenciados de fuero federal en las entidades federativas. De hecho, es definido dentro del Manual de Organización General del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, como el pago mensual, como cuota alimentaria de los internos federales que están custodiados en centros estatales. 

Se indica que el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, por conducto de la Coordinación General de Prevención y Readaptación Social, debe de coordinar la actualización de la información proporcionada por los estados, para el pago de la cuota alimentaria por socorro de ley. 

En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2024, se presupuestó un gasto neto total en materia de Seguridad y Protección Ciudadana de $105´838,757,408 (ciento cinco mil ochocientos treinta y ocho millones setecientos cincuenta y siete mil cuatrocientos ocho pesos), en ellos debe satisfacerse la operación del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, a fin de que, entre otros rubros, lleven a cabo las aportaciones que por concepto de “socorro de ley” corresponden a los Estados. 

En el Punto de Acuerdo, se manifiesta que en reunión con las autoridades de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Dirección de Prevención y Reinserción Social, se  informó que desde hace cuatro años no se recibe el Socorro de Ley, representando un adeudo millonario, por lo que resulta pertinente elevar exhorto a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno Federal, a fin de que tome acciones tendientes a saldar el pago del socorro de ley que se debe al Estado de San Luis Potosí.

Corresponde a la Dirección General de Ejecución de Sanciones, la actualización de la cuota alimentaria por socorro de ley, considerando las bajas por beneficio de libertad anticipada y compurgamientos conforme a la información proporcionada por las autoridades penitenciarias de las entidades federativas. 

El Punto de Acuerdo será analizado en comisiones para posteriormente, presentar el dictamen respectivo al pleno para su votación.

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